Lic. Simón Baca Suárez
Con el gusto de saludarle estimada comunidad lectora. En conmemoración de un aniversario más de la promulgación del texto Constitucional que rige en el Estado Mexicano, nos proponemos hacer una reflexión acerca del concepto amplio y estricto del término Constitución Política.
La Constitución es un documento que contiene las reglas generales para la convivencia de las personas y autoridades dentro de las fronteras determinadas. Las reglas que suele contener son de tres tipos: el reconocimiento más a menos amplio de libertades, derechos y obligaciones para la población; la determinación clara y concreta de atribuciones para los poderes públicos para el cumplimiento de tareas para gobierno, control y supervisión, y finalmente; las reglas para la conformación del poder, su rotación, incluso de permanencia en el mismo.
Por lo anterior, se considera que este texto fundamental tiene intrínseca vocación política, puesto que reúne los acuerdos generales para la formación, organización y control del poder público. Además de someter el funcionamiento de ese poder a parámetros racionales y justificados para la convivencia en una sociedad democrática.
La noción de texto fundamental la podemos entender como el documento en que consta la formación del Estado mismo, esto es así en relación con la primera Constitución emitida. En la primera Constitución se estipula la denominación oficial del Estado que se erige, las partes o territorios en que se constituye -incluso dejando abierta la posibilidad de que otras entidades se sumen-, y las reglas en las cuales basará su relación con otros Estados independientes. Otra regulación constitucional importante es el procedimiento para la reforma del propio texto, esto es la vía institucional para introducir cambios importantes, ya sea en temas de derechos, de organización del poder o de las reglas para el acceso al poder.
Otra forma en que también podemos entender al texto fundamental es que en este documento se contiene las reglas básicas, las más importante, las bases indispensables para la organización de una sociedad en un territorio determinado. Por tanto, fundamental hace alusión a aquello que es condición necesaria y suficiente para entender la conformación y dinámica del Estado. En este entendimiento se agrupan los diversos textos con carácter constitucional que ha tenido un país, generalmente una Constitución deroga a la anterior, no obstante, el Estado que se regula ya ha quedado constituido por lo que entendemos que su texto fundamental -no fundacional- se actualiza según la demanda política popular.
Por otro lado, suele utilizarse la expresión pacto fundamental para referir no solo al documento sino al contenido esencial, es decir, las reglas, acuerdos, prevenciones o perspectivas para la vida del Estado. El pacto fundamental ocurre entre los distinto entes sociales que convergen en un territorio determinado y que acuerdan una convivencia armónica con diversos fines como el reconocimiento, la seguridad, el crecimiento económico, una organización como fortaleza y participación reciproca para el logro de los objetivo comunes. En este tema se suele indicar que los signatarios del pacto fundamental son los factores reales de poder, entre ellos el poder económico, religioso, fuerzas político-partidistas, agentes comerciales relevantes, quienes detentan la fuerza armada y demás grupos sociales con relevancia.
Finalmente, consideramos que la calificativa política para nuestra Constitución debe ser entendida como los procesos para la toma de decisiones entre los grupos políticos. También implica la referencia al Poder estatal y la influencia que sobre éste ejercen o pueden ejercer los agentes sociales para dirigir el rumbo del gobierno, la administración o la relaciones internacionales.
Posiblemente, referir a la política genera resistencia o aversión entre la población, sin embargo, debemos partir de que el ser humano en la medida que tiende a comunicar, expresar inquietudes, organizarse con otras personas para un objetivo común, sumarse a la participación, la tendencia a pertenecer a un grupo con ideales afines es un ente político. Cuando nos reconocemos entes políticos o entes de la política no perdemos objetividad ni significa que actuemos de forma irracional o corrupta; simplemente que somos parte de una colectividad y en esa medida somos corresponsales y coparticipes del rumbo que tomará dicha colectividad.