El Porvenir de Cuitzeo

Día internacional de los Derechos Humanos

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Lic. Simón Baca Suárez

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por tanto, esta fecha conmemora el día internacional de los Derechos Humanos. Este acontecimiento tiene la mayor relevancia entre muchas razones porque reconoce la universalidad de los derechos y libertades fundamentales a toda persona humana.

La Declaración Universal de Derechos Humanos significa en palabras del Secretario General de la ONU, “uno de los compromisos mundiales más revolucionarios”. Coincidimos en esta afirmación puesto que a lo largo de la historia de la humanidad no hay antecedente alguno que precise el reconocimiento de la dignidad humana, la libertad y la igualdad en términos absolutos para toda persona humana.

Como usted sabe estimada comunidad lectora, de lo que la humanidad si tiene evidencia en grandes cantidades documentales es sobre la existencia de la esclavitud, el racismo, los exterminios y genocidios ocurridos contra diversos grupos de la población. Es decir, lamentablemente la humanidad ha tenido conocimiento y utilidad de formas de esclavitud, violencias en sus diversas manifestaciones, modelos de segregación y discriminación, pero no así del igual trato en dignidad y respeto universal a cada integrante de la especie humana.

En este sentido, los derechos humanos representan una diversidad de posturas teóricas, filosóficas y políticas; ya que se han entendido desde triunfos políticos de la población contra el poder arbitrario de los Estados, principios que inspiran la redacción de leyes que provean la igualdad, libertad y dignidad y hasta como límites válidos de la actuación del poder público.

Según podemos derivar del preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el nivel de respecto entre los seres humanos permite en proporción el goce de libertades, convivencia armónica, solidaridad y la paz global. La historia da cuenta de la capacidad de las personas para hacerse daño, por tanto, los Tratados internacionales reconociendo los errores y los horrores que nos mostraron las guerras mundiales intentan prevenirlos y erradicarlos.

Un elemento distintivo que no podemos ni dejar de mencionar ni mucho menos perder de vista es que el Estado a través de sus autoridades son los principales obligados para el respeto, la protección, promoción y en su caso, la garantía de los derechos. En otras palabras, a mayor número de derechos humanos mayores serán las obligaciones estatales para el cumplimiento.

En relación con lo anterior, el reconocimiento de derechos no debe entenderse como dadiva o generosidad del Estado. Estas nociones son contrarias a la naturaleza y finales de los mismos derechos. Por otro lado, lo que sí es adecuado afirmar es que los derechos humanos son razones para la actuación de las autoridades ya sea para abstenerse de conductas o en su caso, para ejecutar acciones concretas, medibles y progresivas.

La ONU determinó que la temática para la conmemoración del día internacional de los Derechos Humanas en 2024 sea propiciada por el siguiente lema: Nuestros derechos, nuestro futuro ¡Ya!

Entendemos que esta frase tiene sentido a partir del análisis de los mensajes que ha emitido la Secretaria General de la ONU, así como por quienes encabezan los Comités de los Tratados para denunciar los retrocesos evidentes por parte de los Estados en reconocer, garantizar y avanzar en el cumplimiento de sus compromisos en la materia.

Es preocupante que las decisiones político-partidistas en diversos países promuevan discursos para legitimar la desaparición de derechos o el retroceso de los esfuerzos de la administración pública para destinar recursos suficientes en rubros como la salud, la educación o seguridad social. Otra manifestación del preocupante retroceso en el reconocimiento de derechos humanos son las constantes reformas en materia penal, ya sea para volver más severas las penas, la creciente inclusión de nuevos tipos penales y el aumento constante de los supuestos para la prisión preventiva, incluso de forma oficiosa o automática.

Con independencia de las razones que se expresen para hacer frente a la criminalidad, nunca serán correctas aquellas que pretendan remediarlo haciendo uso de la restricción de derechos y garantías a las personas, al contrario, ello es la representación del riesgo mayúsculo que se avizora para todas y todos.

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