El Porvenir de Cuitzeo

Invita STPS a prestadoras de servicios u obras especializadas a registrarse en el padrón

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) invita a las personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas a registrarse en el padrón para ofrecer sus servicios, tal como lo establece el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

El pasado 24 de mayo, la dependencia federal publicó el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas.

El registro también es obligatorio para aquellas empresas que presten servicios u obras complementarias o compartidas en un mismo grupo empresarial, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.

Las personas físicas o morales que deseen incorporarse al registro de la STPS, deberán precisar el servicio que prestan o el tipo de obra que van a ejecutar, y por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y proporcionar los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional.

Para el registro, los interesados deberán ingresar al sitio http://repse.stps.gob.mx y al momento de realizar la solicitud, se tiene que estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social.

Durante el proceso se tiene que proporcionar en la plataforma la siguiente información: firma electrónica vigente, domicilio, nombre o razón social, RFC, Acta Constitutiva de la Empresa o Constancia de Situación Fiscal en caso de tratarse de personas físicas, actividad económica, registro patronal ante el IMSS, entre otros.

Asimismo, los interesados deberán ingresar en formato PDF o XML documentos legibles como: identificación oficial vigente, poder notarial, comprobante de nómina, acta constitutiva o constancia de situación fiscal y objeto social vigente, entre otros.

Posteriormente, el sistema generará un folio para el seguimiento del registro y en el trascurso de los próximos 20 días hábiles, la STPS enviará un correo electrónico con el aviso de registro correspondiente, en el que quedarán especificados los servicios u obras especializadas.

El registro tiene una vigencia de tres años y será imprescindible para prestar los servicios u ejecutar obras especializadas, porque en los contratos que celebren se tendrá que señalar el registro y los folios de las actividades contenidos en el Aviso de Registro.

Al obtener el registro, las personas físicas o morales estarán obligadas a identificar plenamente a sus trabajadores mediante la imagen, nombre, gafete o código de identidad que vincule a dichos trabajadores con la empresa que presta el servicio especializado durante el desarrollo de sus labores en las instalaciones de la que contrata los servicios.

La STPS tiene la facultad de cancelar el registro en cualquier momento cuando se presente alguna irregularidad, como: prestar servicios u obras especializadas no registradas en el padrón; que formen parte del objeto social o actividad económica preponderante de la beneficiaria; existan adeudos por créditos firmes derivados del incumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social; entre otros.

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